UE no reconocerá a Maduro como presidente: «No hay esperanza de que presente las actas»

Angel David Quintero
Por Angel David Quintero 4 Min de Lectura
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Maduro

El Consejo Europeo decidió este jueves no reconocer a Nicolás Maduro como presidente electo de Venezuela.

El organismo aseguró que la decisión responde a la negativa del chavismo en publicar las actas electorales que comprueben los resultados expresados por el rector del CNE, Elvis Amoroso.

«Como no hay actas y no hay verificación, y tememos que nunca la habrá, no podemos aceptar la legitimidad de Maduro como presidente electo. El Consejo decidió que Maduro no tiene legitimidad democrática como presidente», dijo el alto representante para Asuntos Exteriores de la Unión Europea, Josep Borrell, en rueda de prensa.

El organismo multilateral llevó a cabo esta decisión luego de una reunión informal del Consejo Europeo, en la que escucharon al candidato presidencial Edmundo González en videoconferencia.

«Seguirá siendo presidente de facto, sí, de facto. Pero negamos la legitimidad democrática en función de un resultado que no se puede verificar», añadió Borrell.

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Asimismo, señaló que no cree que el chavismo publique las actas que la comunidad internacional tanto exige. «Un mes después, no hay esperanza de que Maduro presente las actas. Es demasiado tarde para seguir pidiendo eso».

NO MÁS SANCIONES 

Por otra parte, Josep Borrell explicó que los países de la Unión Europea han optado por no imponer nuevas sanciones a Venezuela.

En ese sentido, recordó que ya tienen sancionadas a 55 personalidades políticas del país.

“La realidad es que tenemos a 55 personalidades políticas de Venezuela ya sancionadas, entre ella la vicepresidenta, que ahora es ministra de Petróleo (Delcy Rodríguez) y al que ahora es ministro del Interior (Diosdado Cabello). Más sanciones personales implicaría ir directamente a la sanción a los máximos responsables políticos, ya sólo quedan dos o tres que no estén sancionados”, dijo Borrell.

CNE NO CUMPLIÓ EXHORTO DEL TSJ

En una sentencia emitida por el Tribunal Electoral del TSJ el pasado 22 de agosto, el organismo ordenó al CNE a publicar los resultados definitivos en cumplimiento de la Ley de Procesos Electorales que le da 30 días luego de las elecciones para publicarlos.

«Se exhorta al CNE a publicar los resultados definitivos del proceso electoral en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela», señaló la sentencia del TSJ.

El pasado 26 de agosto el CNE publicó un comunicado diciendo que reconocería la sentencia del TSJ.

«El TSJ corroboró el ataque cibernético masivo sufrido por nuestro Sistema Electoral y nos exhortó a la publicación de los resultados definitivos conforme lo dispuesto en el artículo 155 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales», reseñaron.

El mencionado artículo 155 dice lo siguiente: «El CNE ordenará la publicación de los resultados de los procesos electorales en la Gaceta Electoral de Venezuela, dentro de los treinta días siguientes a la proclamación de los candidatos electos».

Finalmente, el CNE no publicó los resultados en el tiempo previsto a pesar de haberse comprometido con reconocer a la Sala Electoral del TSJ y pese a lo dicho por el artículo 155 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.

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