TSJ reafirmó condena contra asesinos de la joven Ángela Aguirre, no podrán pedir nuevas revisiones del caso

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TSJ reafirmó condena contra asesinos de la joven Ángela Aguirre
Fotos. Composición con imágenes de archivo

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) desestimó dos recursos que pedían anular la condena de 29 años de prisión impuesta a los femicidas de la adolescente Ángela Aguirre, quien fue asesinada en 2019, cuando tenía 16 años.

De esta manera José Alberto Cedeño Rodríguez, quien habría cometido el terrible crimen en complicidad de su padrino, José Antonio Zorrilla Zorrilla, no podrán pedir nuevas revisiones del caso, por haber recurrido al máximo tribunal venezolano.

En consecuencia, dicha condena quedó incólume, tal como se lee en la sentencia número 610 redactada por la magistrada Carmen Marisela Castro y avalada por sus colegas de la Sala Penal, Elsa Gómez y Maikel Moreno, según detalló el medio Últimas Noticias.

FESTEJO TERMINÓ EN TRAGEDIA

En la sentencia se recuerda cómo ocurrieron los hechos que iniciaron cuando la adolescente Ángela Aguirre pidió permiso a sus padres para asistir al cumpleaños de su amigo José Alberto Cedeño.

El festejo fue el 23 de marzo de 2019 en el Club Ítalo de Puerto Ordaz, estado Bolívar, sitio al cual los padres de Ángela la llevaron.

Del mencionado club, el cumpleañero, familiares y amigos tomaron una embarcación para trasladarse a la isla La Terekaya, enclavada en el río Caroní. Ya en el sitio, José y Ángela se alejaron de todos para sumergirse en el agua, aun cuando le advirtieron del peligro por la profundidad del Caroní en esa zona.

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La investigación del Ministerio Público señala que los presentes en el festejo ‘’necesariamente debieron darse cuenta de las verdaderas intenciones del ciudadano José Alberto Cedeño, sin embargo, permanecieron estáticos ante tan grave riesgo”.

Cedeño convenció a la adolescente de dirigirse a aguas más profundas ‘’con el fin de satisfacer sus instintos sexuales’’, según la investigación del Ministerio Público.

Transcurrieron los minutos y es cuando Cedeño informa que la adolescente se encontraba extraviada. Todos se regresaron al Club Ítalo mientras les informaron a los padres de Ángela que ella se había perdido en el río. A los tres días, es decir, el 26 de marzo de 2019, localizaron el cadáver de Ángela en las inmediaciones del balneario El Rey del mencionado río.

INTERVENCIÓN DEL TSJ

En abril de ese año 2019, la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia intervino y ordenó que el expediente se presentara ante un tribunal competente en delitos de violencia contra la mujer porque ‘’de las actuaciones emergen indicios de abuso sexual contra la víctima, quien es una adolescente’’.

Posteriormente, el expediente se radicó en Caracas, concretamente en el Tribunal Primero de Juicio con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer. En esa instancia comenzó el juicio el 21 de octubre de 2019, contra siete acusados.

El citado juicio concluyó el 23 de agosto de 2021 con la condena a 29 años de prisión de José Alberto Cedeño Rodríguez y su padrino José Antonio Zorrilla Zorrilla por el femicidio agravado de Ángela Aguirre. No obstante, ambos quedaron absueltos del delito de violencia sexual agravada.

Mientras que a Glauber Jesús Zorrilla Ríos, Orlando Abraham Salazar Vargas y Wilmer Antonio Díaz Urbano se les halló culpables del delito de omisión de socorro, condenándolos al pago de una multa equivalente a 275 unidades tributarias (Bs 2.475 en la actualidad). Para todos les fue decretada libertad plena. Y resultaron absueltas, Joselyb Gregoria Barreto González y Dayana Carolina Niceza Cancino.

Dichas decisiones se ratificaron el 8 de mayo pasado por la Sala Única de la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer de la Región Capital, que declaró sin lugar los recursos interpuestos contra las condenas.

RECURSOS INTERPUESTOS POR LA DEFENSA DE LOS FEMICIDAS

En virtud de ello, los defensores públicos Natanael Josué Acevedo Fernández y Anabel Josefina Monsalve Lovaton, acudieron ante la Sala Penal del TSJ para interponer sendos recursos de casación con los cuales pretendían revertir la condena impuesta a Cedeño y Zorrilla.

Los magistrados analizaron los recursos y encontraron debilidades en las denuncias por lo cual las declararon desestimadas.

‘’El recurrente debe, no sólo expresar el descontento con el fallo, sino también señalar con exactitud cuáles son las normas violentadas y exponer claramente las razones y fundamentos de hecho y de derecho que demuestren que la recurrida (Corte de Apelaciones) incurrió efectivamente en un vicio, cuya relevancia amerita la nulidad de la sentencia”, responden los magistrados ante una de las denuncias contenidas en el recurso de casación.

‘’El recurrente cuestionó genéricamente el fallo de segunda instancia, vale decir, sin exponer en forma directa y precisa, como era su deber’’, agregaron los magistrados en otra respuesta.

Así sustentaron su decisión que trajo como consecuencia la ratificación de la condena impuesta a Cedeño y Zorrilla.

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